El 23 de septiembre
del 2013 el Tribunal Constitucional emitió la sentencia 168-13 que despoja a
ciudadanos dominicanos de su nacionalidad desde 1929 hasta la fecha. Esta
decisión afecta a más de 4 generaciones de personas nacidas en el país y con
debida documentación. La decisión del Tribunal Constitucional viola la propia
Constitución y los tratados internacionales que garantizan los Derechos
Humanos. El Tribunal Constitucional Dominicano dicto su sentencia sin observar
la modificación del art. 46 de la ley 659, inobservando la ley 6125 sobre la
cédula de identificación personal, ignorando el art. 74 de la constitución de
2010 y desconociendo el principio de irretroactividad y el debido proceso que
deben de regir para todos los actos jurídicos. Desde esta perspectiva, lo que
el Tribunal Constitucional ha ordenado a la Junta Central Electoral es un
“genocidio civil” de todas los dominicanos de ascendencia haitiana inscritos desde
1929. La negación de los documentos de identidad tendrá un efecto devastador
para las personas de ascendencia haitiana, a quienes, a consecuencia de ello,
se les está negando el disfrute de sus derechos civiles. Es un verdadero drama
humano que afectara a cuatro generaciones, que tienen 80 años siendo
dominicanos, y que ahora son despojados de su nacionalidad de manera
inconstitucional y arbitraria. Miles de dominicanos estarán, en virtud de esta
sentencia, inhabilitados para ejercer sus derechos. No podrán estudiar,
trabajar, contraer matrimonio civil, abrir cuentas bancarias, comprar. Ni
siquiera podrán salir del país que ahora los rechaza porque no podrán obtener
ni renovar el pasaporte.
La
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urgió al Estado dominicano a
buscar una solución a los desnacionalizados por la sentencia 168-13 del
Tribunal, restableciéndoles la condición que tenían bajo el régimen interno
vigente entre 1929 y 2010 sin exigirles que se registren como extranjeros como
requisito para el reconocimiento de sus derechos. La CIDH declaró que más de
210 mil dominicanos fueron convertidos en apátridas por la sentencia 168 del
Tribunal Constitucional, dictada en septiembre de 2013. Aunque el Estado dominicano
indicó en la audiencia de la CIDH que la sentencia no es discriminatoria contra
los descendientes de haitianos, porque personas de ascendencia de otras
117 nacionalidades presentes en el país también podrían verse afectadas, la triste
realidad indica que existe un impacto desproporcionado sobre los dominicanos/as
de ascendencia haitiana.
Para que nos hagamos una idea de las
consecuencias inmediatas que tiene esta sentencia os voy a decir que:
1. Con la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional se agrava la situación de los dominicanos de ascendencia extranjera en el país.
2. La sentencia se aplica desde el
1929. Personas que no habían sido afectadas ahora tendrán problemas al
intentar obtener acceso a sus documentos.
3. Se formaliza la discriminación en
el Registro Civil Dominicano.
4. Se desnacionaliza de forma
arbitraria a miles de personas solo por su ascendencia haitiana.
5. Se pretende tratar como extranjeros
a personas nacidas y con documentación dominicana.
6. Las personas afectadas quedaran sin
patria.
7. Las documentaciones que se tiene ya
no tendrán validez.
8. Las acciones realizadas con estas
documentaciones podrían ya no tener validez tales como matrimonio,
compra y venta de bienes, título universitario, declaración de hijos-as,
etc.
9. Las personas documentadas no podrían realizar ningún acto de la vida civil ordinaria.
La desnacionalización
de los dominicanos de ascendencia haitiana nos retrotrae a épocas pasadas en la
historia mundial que pensábamos olvidadas y que nunca más serían repetidas. El
privar a miles de personas de su derecho a la identidad personal (derecho a un
nombre, derecho a una nacionalidad y el derecho a ser sujetos de derechos y
obligaciones en un territorio) es un nueva forma evolucionada de “genocidio”,
esta vez un “genocidio civil” (jurídico), ya que mata la identidad de las
personas eliminándolas para siempre de los archivos, del registro civil que es
el que les da la personalidad jurídica (ante el estado). Por eso no podemos
permitir que se violen los derechos ya adquiridos de miles de dominicanos de
ascendencia haitiana, la Constitución Dominicana les reconoció sus derechos
cuando nacieron y han gozado de ellos hasta que la resolución 012-07 decidió
suspender sus actas de nacimiento y ahora la sentencia 168-13 les da la
estocada final en un proceso jurídico que a todas luces es una aberración y un
atentado contra la legalidad existente.
Es por eso que en este artículo te pido tu
ayuda, pido que nos sensibilicemos con este tema, que nos movilicemos (dentro de
la medida de nuestras posibilidades con pequeños actos en España que sensibilicen sobre lo que está
pasando en República Dominicana), necesitamos un “pásalo”, una vigilia de
oración, una foto en la embajada dominicana en España con un cartel de
Dominicanos x Derecho, pidiendo el apoyo de los miles de dominicanos en España,…, los derechos humanos y derechos fundamentales en la
República Dominicana están en peligro, no te quedes indiferente, actúa y digamos
juntos que Eso No Se Hace República
Dominicana.
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